(231) Y si divorciáis a las mujeres y llegan al final de su plazo de espera, o bien las conserváis según la forma reconocida de hacerlo, o bien las dejáis del mismo modo; pero no las retengáis a la fuerza transgrediendo los límites.Quien lo haga, habrá sido injusto consigo mismo.No toméis a burla los signos de Allah. Y recordad los favores de Allah con vosotros y la parte del Libro y de la Sabiduría que os reveló para que con ello tuvierais presente lo que se debe cumplir y lo que se debe evitar.Temed a Allah y sabed que Allah tiene conocimiento de todas las cosas.
(232) Y una vez que las mujeres que han sido divorciadas lleguen al final de su período de espera, no les impidáis* que vuelvan a casarse con sus esposos anteriores, si es de mutuo acuerdo, según lo reconocido.A esto se exhorta a aquéllos de vosotros que crean en Allah y en el Último Día. Y ello es más puro y más limpio para vosotros. Allah sabe y vosotros no sabéis.
(233) Las madres deberán amamantar a sus hijos durante dos años completos, si se desea completar la lactancia.Sustentarlas y vestirlas es responsabilidad del progenitor, según lo que es reconocido.A nadie se le obliga sino en la medida de su capacidad.Ninguna madre deberá ser perjudicada a causa de su hijo ni tampoco ningún padre*.Y la misma obligación corresponde al heredero*.No hay falta si ambos, de común acuerdo, desean destetarlo.Y si queréis que alguien amamante a vuestros hijos*, no hay falta en que paguéis por ello*, según lo que es reconocido.Temed a Allah y sabed que Allah ve lo que hacéis.